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El Ministerio de Salud informa que hasta el 31 de enero del 2017 se recibirán las solicitudes de tratamientos para considerar en la evaluación para el tercer decreto de la Ley Ricarte Soto, que entrará en vigencia el primero de enero del año 2018.

Los diagnósticos, fármacos, dispositivos médicos y alimentos que sean requeridos deberán estar claramente definidos y relacionados a una patología o condición de salud específica para que puedan ser aceptados.

Ejemplos:
– Espondilitis/Espondiloartritis Anquilosante refractaria a tratamiento convencional, se solicita como tratamiento: Infliximab (Remicade).

– Espondiloartropatía Indiferenciada refractaria grave, se solicita como tratamiento: Adalimumab (Humira).

– Espondiloartritis Axial y Periferica refractaria a FARMES (tratamiento convencional), se solicita considerar como tratamiento fármacos ambulatorios tales como: Secukinumab, Etanercept, Adalimumab o Golimumab con el objetivo de no interferir en las actividades diarias de las personas con la enfermedad ni sobrepasar la red de prestadores.

SOLICITUDES
La Fundación Espondilitis Chile recomienda utilizar el Formulario en Línea. Disponible acá: Link

Instrucciones pare llenar el formulario


Toda persona interesada deberá remitir su solicitud a través de uno de estos medios: Formulario en línea; Carta enviada a Oficina de Partes del Ministerio de Salud, ubicada en Mac Iver 541, piso 1, Santiago; Oficinas de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS).

El Ministerio de Salud reitera que posteriormente al plazo de término de la recepción de solicitudes, se confeccionará el listado que será publicado para información de la opinión pública.